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Sentencia del TJUE relativa a las exenciones fiscales a la Iglesia Católica cuando desarrollan actividades económicas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea explica que la exención fiscal de la que goza la Iglesia puede ser una ayuda estatal prohibida por las normas comunitarias.

Declara dicho Tribunal en su sentencia de fecha 27 de junio de 2017 que “Una exención fiscal como la controvertida en el litigio principal, de la cual se beneficia una congregación de la Iglesia Católica por las obras realizadas en un inmueble destinado al ejercicio de actividades sin una finalidad estrictamente religiosa, puede estar comprendida en el ámbito de la prohibición establecida en el artículo 107 TFUE, apartado 1, si tales actividades son de carácter económico y en la medida en que lo sean, extremo que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente”